Lo que todo coordinador de RRHH y responsable de SG-SST debe saber para cumplir en 2026
Si gestionas el talento humano de tu empresa, sabes que la dotación no es un detalle: es una obligación legal que, si se te pasa, puede costarte sanciones del Ministerio del Trabajo y reclamaciones de tus colaboradores. Y dentro de la dotación, el calzado es de lo más sensible, porque protege a tu gente todos los días.
En esta guía te explicamos, sin letra menuda, qué dice el Artículo 230 del Código Sustantivo del Trabajo (CST), quién tiene derecho, en qué fechas debes entregar y cómo gestionar todo el proceso para que no se te convierta en un dolor de cabeza. Al final, sabrás exactamente qué hacer para cumplir a tiempo y proteger a tu equipo.
¿Qué es la dotación y por qué no es opcional?
La dotación es el calzado y vestido de labor que tu empresa debe entregar de forma gratuita a ciertos trabajadores. No es un beneficio ni un “extra”: es una prestación de obligatorio cumplimiento establecida en el Código Sustantivo del Trabajo.
En la práctica significa que, si cumples con los requisitos que veremos a continuación, no puedes saltarte la entrega, ni reemplazarla por dinero, ni dejarla “para después”. La ley es clara y el incumplimiento se sanciona.
Lo que dice el Artículo 230 del CST (en palabras simples)
El Artículo 230 establece que todo empleador que ocupe de forma habitual a uno o más trabajadores permanentes debe suministrar, cada cuatro meses y de manera gratuita, un par de zapatos y un vestido de labor a los trabajadores que cumplan ciertas condiciones.
Traducido a tu día a día: tres veces al año tienes que entregar dotación —calzado incluido— a quienes tengan derecho. No es una sola vez ni “cuando se pueda”: son tres entregas obligatorias en el año.
¿Quién tiene derecho a la dotación de calzado?
Para que un trabajador tenga derecho a la dotación, deben cumplirse dos condiciones al mismo tiempo:
- Salario: que devengue hasta dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV).
- Antigüedad: que en la fecha de entrega lleve más de tres (3) meses vinculado a tu empresa.
Para 2026, con el SMMLV en $1.750.905, eso significa que tienen derecho los trabajadores que devengan hasta $3.501.810 mensuales. Si alguien gana por encima de ese tope, la ley no te obliga a darle dotación (aunque, por seguridad, muchas empresas igual dotan a todo el personal de planta).
Las 3 fechas de entrega que no puedes pasar por alto
El calendario de la dotación está definido por ley. Estas son las fechas en las que debes hacer cada entrega:
| Entrega | Fecha límite | Lo que sigue |
| 1.ª entrega | 30 de abril | Inicio de año / primer ciclo |
| 2.ª entrega | 31 de agosto | Ventana activa próxima |
| 3.ª entrega | 20 de diciembre | Cierre del año |
Un consejo práctico: no esperes a la fecha límite para empezar a gestionar. Lo ideal es anticiparte al menos 3 o 4 semanas para tener tallas, inventario y entrega listos sin afanes. La próxima entrega es el 31 de agosto: este es el momento de organizarla.
Tus obligaciones como empleador (y lo que la ley te prohíbe)
Cumplir con la dotación va más allá de comprar zapatos. Esto es lo que debes tener claro:
- Entregar a tiempo y gratis: en las tres fechas, sin costo para el trabajador.
- No compensar en dinero: la ley prohíbe reemplazar la dotación por un pago en efectivo. Debes entregar el calzado y el vestido físicos.
- Calzado adecuado al trabajo: no sirve cualquier zapato. Debe ser apropiado para la labor que realiza el trabajador (y si el cargo implica riesgos, debe ser calzado de seguridad).
- Dejar constancia: documenta cada entrega con firma o registro. Es tu respaldo ante cualquier inspección o reclamación.
Importante: el trabajador, por su parte, está obligado a usar la dotación que recibe. Si no la usa, la ley contempla que el empleador queda eximido de entregarla en el período siguiente. Aun así, lo recomendable es promover su uso por la seguridad de tu equipo.
No todo zapato sirve: qué hace que un calzado cumpla como dotación
Aquí es donde muchas empresas se equivocan. Entregar un par de zapatos cualquiera puede dejarte incumpliendo —y, peor aún, dejar desprotegido a tu personal. Para que el calzado realmente cumpla, debe responder al riesgo del puesto de trabajo:
- Para personal operativo, de planta o bodega: calzado de seguridad industrial, con puntera de protección y suela resistente, que cumpla las normas técnicas colombianas aplicables (como la NTC ISO 20345 para calzado de seguridad).
- Para labores con riesgos específicos: características adicionales según el caso —antideslizante, dieléctrico, resistente a hidrocarburos, etc.
- Durabilidad real: un calzado que aguante el ciclo de cuatro meses sin deteriorarse. Lo barato sale caro si lo tienes que reponer antes de tiempo.
En otras palabras: el calzado de dotación no es un gasto, es una inversión en seguridad, cumplimiento y bienestar de tu gente. Elegir bien te ahorra reclamaciones, reposiciones y riesgos.
Cómo gestionar la dotación sin dolores de cabeza (checklist para RRHH)
Para que ninguna entrega se te salga de control, sigue este paso a paso:
- Identifica quién tiene derecho: cruza tu nómina por salario (hasta 2 SMMLV) y antigüedad (más de 3 meses).
- Levanta las tallas: ten un registro actualizado de tallas de calzado por colaborador. Esto evita devoluciones y demoras.
- Anticipa la compra: contacta a tu proveedor 3 o 4 semanas antes de la fecha límite para asegurar inventario.
- Programa la entrega: define día, lugar y responsable de la distribución interna.
- Registra y archiva: deja constancia firmada de cada entrega.
- Repite el ciclo: agenda desde ya las tres fechas del año para no improvisar.
Por qué Multinal es tu aliado para la dotación de calzado
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Si quieres asegurar tu próxima entrega de dotación (la del 31 de agosto) sin contratiempos, este es el momento de cotizar y planificar con anticipación.
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Preguntas frecuentes sobre la dotación de calzado
¿Puedo dar dinero en vez de la dotación? No. La ley prohíbe compensar la dotación en dinero. Debes entregar el calzado y el vestido físicos.
¿Cada cuánto debo entregar el calzado de dotación? Tres veces al año: 30 de abril, 31 de agosto y 20 de diciembre.
¿A quién debo entregarle dotación en 2026? A los trabajadores que devenguen hasta 2 SMMLV ($3.501.810) y que lleven más de 3 meses en la empresa al momento de la entrega.
¿Sirve cualquier zapato como dotación? No. El calzado debe ser adecuado a la labor. Para personal operativo, debe ser calzado de seguridad que cumpla las normas técnicas aplicables.
¿Qué pasa si no cumplo con la dotación? Puedes ser objeto de sanciones por parte del Ministerio del Trabajo, además de reclamaciones de tus colaboradores.
